Empresas de telefonía móvil cambian su sistema de cobro

Fuente: La Republica – Corrientes

La modificación implica que la llamada será facturada cuando el destinatario atienda la comunicación. Según las telefónicas, ya adecuaron su sistema de facturación.

A partir del lunes 15 las empresas de telefonía móvil modificarán el sistema de facturación y comenzarán a cobrar las llamadas desde el momento en que el destinatario atiende la comunicación. En ese sentido, las empresas Movistar, Personal, Claro y Nextel confirmaron que ya adaptaron los sistemas de facturación para cumplir con la nueva modalidad.
Tres de ellos sostuvieron que ya tienen todo previsto, pues esperaban la aplicación de la medida el 11 de octubre, pero el agregado del feriado del 24 de septiembre modificó el calendario y extendió la fecha de la implementación al día 15, explicaron desde la Comisión Nacional de Comunicaciones.
El impacto de la medida será diferente en cada operadora, dado que algunas ya les habían retirado esta carga a los usuarios prepagos y sólo mantenían la modalidad de cobro desde el comienzo de la llamada en algunos planes pospagos.
Los clientes pagaban la llamada “tiempo en aire” en referencia a los segundos que corren hasta que el receptor (humano o contestador) atiende la comunicación.
“La resolución de la Secretaría de Comunicaciones –número 45 de este año– es en ejercicio de los derechos establecidos en el artículo 42 de la Constitución, en defensa de los consumidores”, dijo respecto de esta determinación la presidenta Cristina Fernández de Kirchner, al anunciar la medida.
Explicó –en su momento– que “hasta que no te conteste la persona o el contestador no pueden facturar, deben hacerlo por el tiempo que dura el mensaje o la conversación”.
Se trata de una medida reiteradamente solicitada por las Asociaciones de Defensa del Consumidor. En el momento del anuncio de la medida, en mayo pasado, el titular de Consumidores Libres, Héctor Polino, destacó la importancia de la resolución porque “va en el camino de quitarles privilegios y ganancias injustificadas a las empresas de telefonía celular”.
También Susana Andrada, directora del Centro de Educación al Consumidor, dijo entonces que medidas como ésta y la portabilidad numérica, “abre a futuro la posibilidad de que se vayan modificando otras irregularidades que afectan a los consumidores de telefonía celular”.
En los considerandos de la resolución se especifica que un informe de 2003 realizado por el área económico-financiera de la Comisión Nacional de Comunicaciones consideró que “no resultan razonables los fundamentos” utilizados por las empresas para facturar el servicio, “desde que se presiona la tecla Send”.
También se cita que la empresa Movistar informó ese año a la CNC que “facturaba el tiempo de aire cuando la señal de llamada supera los 30 segundos y hasta que se cortara la comunicación”.
Pero no facturaba si “la señal daba ocupado, o si el abonado se encontraba fuera del área de cobertura o tiene el equipo apagado o no se encuentra habilitado para el servicio memofácil”.
En los considerandos de la resolución 45, también figura que la empresa Nextel no cobra cuando el receptor está “ocupado, no contesta o está fuera del área de cobertura”.
En tanto factura la llamada cuando “atiende” la casilla de mensajes desde “que se presionó la tecla Send”. En el caso de Claro, según el informe de la CNC, se señala que la empresa del grupo Telmex facturaba tiempo en el aire, pues “lleva asociada la utilización de recurso de la red (canales de aire, facilidades conmutación, ruteo, entre otros)”.
La medida se basa en la ley de Defensa del Consumidor, en el Reglamento General de Clientes de los Servicios de Comunicaciones Móviles y en recomendaciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones.

 

 

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