Fuente : Diario Hoy
Según una consultora privada, las ventas en supermercados registraron el primer semestre negativo desde 2003. “Se compra menos o se sustituyen primeras marcas por segundas o terceras marcas”, dijeron desde Consumidores Libres a Hoy
Demasiado complicado asoma el panorama a futuro en lo que respecta al comercio interior a nivel nacional. Los precios, lejos de acomodarse, continúan fluctuando de manera acelerada y llenar el changuito cuesta cada vez más dinero. Esta realidad ya es palpable en las góndolas de los supermercados, comercios que empiezan a entrar en números rojos.
Tan desesperante es la situación que, según una medición de la consultora especializada CCR, el primer semestre de 2014 finalizará con una caída de hasta un 1,2% en las ventas de supermercados con respecto al mismo período del año pasado. Pero no sólo eso: estos guarismos evidenciaron el primer semestre negativo desde 2003, una señal que no es para nada alentadora.
“Las negociaciones paritarias no lograron compensar los niveles de inflación. Como mínimo, veo el mismo escenario para el segundo semestre”, indicó el director de CCR, José Ignacio Amodei, en una presentación a la prensa.
Además, de acuerdo al estudio, la caída en las ventas va en paralelo con una fuerte suba de precios en los supermercados, siendo los productos de consumo básico (como la harina, la yerba y los fideos secos) los que más encarecieron en relación al mismo semestre, pero de 2013.
Inflación, recesión y salarios magros: un combo explosivo
Consultado sobre el fenómeno que impacta de lleno en los mercados tradicionales, el titular de la ONG Consumidores Libres, Héctor Polino, aseguró a Hoy que “hay inflación y las subas salariales no acompañan los porcentajes de aumento del deterioro de los ingresos de los trabajadores”.
“Lo mismo sucede con la clase pasiva. Los jubilados que perciben el haber mínimo, que son la inmensa mayoría, ganan por mes 2.756 pesos, con un aumento del 11,31% en el mes de marzo. En los tres primeros meses del año, ese aumento quedó absorbido y tienen que esperar a septiembre, mes en el que llega el próximo ajuste. Pero todos estos meses, los jubilados que perciben el haber mínimo tienen menor capacidad de compra”, recalcó Polino.
El representante de Consumidores Libres también dejó en claro a nuestro diario que “se compra menos o se sustituyen primeras marcas por segundas o terceras marcas” y que “los planes sociales atenuaron el problema, pero no los resolvieron”.
“Hoy hay inflación con recesión, entonces se dan los dos elementos más negativos en el proceso económico. Con una inflación que, según el INDEC -en los seis primeros meses del año- es del 15%, vamos a estar en el año pasando el 30%”, concluyó.
Cambio de hábito: los consumidores, con compras acotadas y dietas insostenibles
Las bajas en las ventas de los supermercados también dejaron otras consecuencias, esta vez trasladadas al plano social. Frente a los problemas para afrontar las compras de cada mes, los consumidores modificaron sensiblemente sus hábitos en las góndolas y en la mesa familiar.
Hoy, el grueso de la sociedad realiza compras más pequeñas, hace stock con los productos que puede y evita gastos compulsivos, según lo planteado por el trabajo “Pulso social 2014”, presentado por la consultora CCR.
Así lo certificó otra de las analistas que estuvo al frente de la exposición, Mónica Di Pretoro, al remarcar que “en el nivel más alto (ABC1), los consumidores siguen yendo al supermercado pero compran menos cantidad de productos”.
Del mismo modo, Héctor Polino reconoció a Hoy que la dieta nacional también sufrió cambios en medio del espiral inflacionario: “La gente sustituye consumo de carnes por harinas, por pastas. De ahí que tenemos una población en buena medida obesa, consecuencia de la mala alimentación. Y esto es producto de los magros ingresos que tiene un sector importante del país”, destacó.
Para Polino, una de las razones por las que ocurren estos fenómenos es que “no hay un plan antiinflacionario. Hay medidas espasmódicas, como los Precios Cuidados, que no resuelven el problema de fondo”.
EL ARBITRARIO IMPUESTO A LAS “GANANCIAS” APLICADO EN SUELDOS Y HABERES JUBILATORIOS –
Se ha elegido continuar agobiando a los que prestan su actividad , principalmente a los que lo hacen en relacion de dependencia , ya sean activos o jubilados , con la carga que produce el denominado Impuesto las Ganancias , cuya legalidad y legitimidad me permito poner en duda luego de este comentario que no presume de nivel academico ni de haber utilizado una hermeneutica profunda de la norma legal que le sirve de apoyatura a la actividad recaudatoria que incide sobre estos ingresos .Esta opinion surge de la lectura textual de los articulos relacionados del Titulo I de la Ley del Impuesto a las Ganancias , resultando asi que los sueldos y jubilaciones no se encuentran incluidos en el ambito de aplicación del impuesto, en la medida que este solo trata sobre “rendimientos , rentas o enriquecimiento (y beneficios ) derivados de la realizacion a titulo oneroso de cualquier acto o actividad habitual o no “.
Tenemos entonces “por un lado” que los sueldos y jubilaciones NO se encuentrarian incluidos en el objeto del impuesto por no responder al ambito de imposicion que comprenden los hechos y materia imponible que la misma ley define , y “por el otro” , aumentando la agresion a los beneficiarios de esos ingresos , el concepto que la ley considera y define como “ganancias” , que como se verá se encuentra afectado seriamente por los parametros utilizados para determinarla . La situacion descripta es tanto mas inicua cuando se aplica sobre haberes jubilatorios , haberes que responden al concepto de actuar como sustituto de los percibidos en la vida activa durante la que ya se han ingresado los aportes personales y el impuesto a la pseudoganancias .
No se tratara en esta nota la exaccion ilegal que representa la falta de actualizacion de los minimos no imponibles al no reflejar la perdida del valor de compra de la moneda(inflacion ) y la adecuacion los tramos de los escalones de la tabla progresiva utilizada para la determinacion del impuesto , tabla esta que ocasiona que con un minimo incremento de haberes se pase rapidamente a uno superior acrecentando el monto a ingresar hasta limites impertinentes y que sin mas debe ser catalogado de confiscatorio y obviamente inconstitucional .
Tambien se dejara de lado los efectos macroeconomicos de esta politica , que detrae y contrae el consumo interno y afecta la cantidad de bienes y servicios disponibles en manos de los receptores de estos ingresos semifijos en un espejismo de mayor recaudacion que construye un circulo vicioso dificil de quebrar y que se retroalimenta negativamente .Lo que atrae al recaudador es la facilidad de la recoleccion –ingreso – de este pseudo impuesto a las ganancias , es su retencion en la fuente , que se practica a la par del cobro de haberes , todo esto en el marco de la mayor presion fiscal global que se recuerde del orden de 42% .-
La ley solo hace mencion a esta clase de ingresos – sueldos y jubilaciones – en su Articulo 18 , el que curiosamente solo ordena la imputacion de los ingresos de todas y cada una de las categorias según su percepcion o devengamiento . Mas adelante aparece , solitaria y sin integracion con la definicion del hecho y materia imponible la denominada “ Cuarta Categoria” en la que se mezclan ingresos personales de distinto origen . Dice tambien la ley , asestando el golpe final a estos ingresos , que los receptores , según la disposicion contenida en el Articulo 88 de la ley del impuesto “NO podran deducir los gastos personales y de sustento del contribuyente y de su familia “ ,los que de acuerdo a la estructura del impuesto estarian incluidos en los irreales montos del minimo no imponible y adicionales por cargas de familia . Existen otras deducciones menores que completan , diriamos el “costo de vivir o determinar el resultado neto“ ,a saber :ciertos : gastos medicos ,gastos de sepelios , la remuneracion al personal domestico ( siempre que se ingresen los aportes) y los intereses de prestamos derivados de la adquisicion de casa –habitacion , todos con un limite anual que tampoco refleja la realidad que asumen estos gastos..
En su limitada idea , el legislador obvia el bienestar pèrsonal asi como la del grupo familiar y se olvida ademas del precepto liminar constitucional de igualdad ante la ley para determinar la “ganancia “ y entonces no considera que el esparcimiento , el alquiler de la vivienda , las expensas en su caso ,los consumos de agua , gas y energia , los gastos de educacion , el combustible , seguros , etc , por ejemplo y a fin de no abundar en otros gastos no deducibles , no integran el costo de la prestacion laboral que ofrece una persona fisica afectando seriamente su bienestar , actitud asumida por la legislacion que como se ve agrede todo concepto moral y etico del desarrollo de la vida en sociedad e incrementa indebida e ilicitamente la cuantía del aporte que el trabajador ( y jubilado) debe realizar para financiar las necesidades comunes de la misma -.
Para el resto de las categorias , primera , segunda y tercera , que se encuentran incluidas licitamente en el hecho imponible que da idea fuerza a este impuesto , las disposiciones contemplan amplitud de normas a los efectos de arribar al “resultado neto “ , posibilidad que le es negada a los trabajadores y jubilados condenando a no permitirseles incluir los costos en los que incurren en carácter de necesarios e imprescindibles .La dificultad para medir el “costo o el resultado neto ” para establecer la “ganancia” se repite en el resto de las actividades incluidas en la cuarta categoria ( trabajadores autonomos ,oficios , profesiones , etc) con la misma injusticia tributaria , en mayor o menor medida , según la actividad que se trate .CARLOS N BORRA DNI 4967482